Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la región Nor-Oriental, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Abogado MOISES ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.757.060, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el Nº 33.860, obrando con el carácter de apoderado judicial de la empresa FUNERARIA VIRGEN DEL VALLE,