Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD A LOS JOSE ALBERTO GALINDO ACOSTA, titular de la cédula de identidad N° 16.054.765, Venezolano, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, nacido el 26-12-1983, de 20 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Taxista, hijo de Rebulo Aníbal Galindo y de Julia del Valle Acosta, residenciado en Calle Principal, Tierra Adentro, N° 49, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, NEOMAR JESÚS GARCÍA JIMÉNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 15.035.763, Venezolano natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 18-07-1980, de 24 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Aislador, hijo de Marcela Jiménez (v) y de Omar García (v), Residenciado en Las delicias,.....