en consecuencia, a los fines de proveer sobre la presente solicitud, ORDENA: 1). oficiar al Gerente del Banco de Venezuela, ubicado en Barcelona, Estado Anzoategui, a fin de que se sirva remitir a este Tribunal Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº. 02, en cheque de Gerencia no endosable a nombre de la ciudadana ANA MERCEDES CALDERON, ya identificada, en su condición de abuela paterna niño XXXXXXXXXXXXXX, la CUOTA PARTE, que le pueda corresponder por concepto de los ahorros depositados en la cuenta N° 01020515890100004651, que le pudiera corresponder al niño xxxxxx, en su condición de heredero de su padre ciudadano DAIMER JOSE LEON CALDERON, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.284.800, fallecido Ab-intestato, el día 10/01/2006. 2). Oficiar al Jefe de Recursos Humanos de la Policía del Estado Anzoátegui, ubicada en el crucero de Lechería, Barcelona, Estado Anzoátegui, la CUOTA PARTE correspondiente de las Prestaciones Sociale.....