Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD al ciudadano YUBER ALEXANDER CAGUANA GUARAMAIMA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.417.803, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 24/06/80, de 26 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Fabricador, hijo de los ciudadanos Domingo caguana (V) y Maritza Maramarauima (v), residenciado en Sector la Laguna de Guanta, vía Cumana , Casa N° 48, Cerca de la Estación de servicios la laguna, Estado Anzoátegui, bajo la aplicación de MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de las contenidas en el artículo 256, Ordinales 3°,4°, 5° y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Pen.....