este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA LA TRANSACCION, celebrada, en fecha 03 de Febrero de 2.016, comprendiendo la expresada homologación, en cumplimiento de los presupuestos contenidos en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de a Republica Bolivariana de Venezuela y del numeral 4 del artículo 18 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, solo los conceptos siguientes: Preaviso, Prestación Social de Antigüedad e Indemnización de Antigüedad, incidencia de Utilidades y Bono vacacional sobre la Prestación Social de Antigüedad, diferencias salariales, vacaciones anuales y fraccionadas, utilidades anuales y fraccionadas, bono vacacional anual y fraccionado, salarios pendientes, viáticos, sobre tiempo legal, bono nocturno, bono .....