Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a los artículos 581, Parágrafo Segundo, en concordancia con el 582, literal g, ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y CESA la medida de PRISIÓN PREVENTIVA impuesta en fecha 07/03/2009, por el Juzgado de Control Nº 02 Sección Adolescente de éste Circuito Judicial Penal, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, y la SUSTITUYE por la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRESENTACIÓN DE FIANZA DE TRES (03) PERSONAS IDÓNEAS; establecida en el articulo 582 Literal "G" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a tal evento deberán presentar tres (03) fiadores personales, solidarios con un salario mínimo a devengar cada fiador y deberán consignar los s.....