Probado como ha sido lo alegado, lo cual no amerita la tramitación de un juicio ordinario de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, al Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui y al Registro Principal del Estado Anzoátegui, insertar la presente Sentencia en el Libro de Nacimientos, llevados por esos despachos, durante el año 1959, colocando la nota marginal correspondiente en el Acta de Nacimiento del ciudadano: FEDERICO MORON REYES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.373.627, de la si.....