Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de pruebas presentado por el Abogado Alexander Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 201.462, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano SIMON ALBERTO ROJAS RAMIREZ, el Tribunal lo hace de la siguiente manera:
Primero: De las pruebas Documentales contenidas en el Capítulo I, particulares Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto, el Tribunal, las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
Segundo: En cuanto a la Prueba de Testigos, contenida en el Capítulo II, Particulares Sexto, Séptimo y Octavo, el Tribunal Admite cuando ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. En consecuencia, se ordena comisionar suficientemente al Juzgado del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de evacuar los t.....