Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION al ciudadano: MIGUEL SEBASTIAN INFANTE RONDON, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.320.567, quien es venezolano, soltero, Obrero, de 27 años de edad, nacido en Barcelona, Estado Anzoátegui, en fecha 30-12-78, hijo de MIGUEL INFANTE y MARTIZA RONDON, residenciado en el Sector 04, auto construcción, Las Casitas, calle 05, casa N° 13, Barcelona, Estado Anzoátegui; de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y de los artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal contentivo de los Principios del Debido Proceso. Líbrese al Comandante de la Zona Policial N° 02 de la Policía del Estado Anzoátegui, participando la Libertad del referido imputado. Cúmplase.