Por los fundamentos antes expresados este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA EJECUCIÓN de la SENTENCIA, contentiva de la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por el PLAZO de UN (1) AÑO, impuesta al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, dictada en fecha 22-02-06, por el Tribunal de Primera de Instancia Unipersonal en función de Juicio, Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en el articulo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano NICBER DAVID JIMENEZ ALFIERI; todo de conformidad con establecido en los artículos 621, 62O Literal d, 622, y 626 todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. El Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, debe comparecer ante este Tribunal de Ejecución de la Sección d.....