Anótese en los libros respectivos. Admítase; de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal "C", en consecuencia, cítese a los ciudadanos YAQUELIN DEL VALLE VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-13.361.958, domiciliada en: la Calle Ali Primera, N° 89, Sector Alfa Llanos, Valle La Pascua, Estado Guarico y al ciudadano JOSE JOEL MARIÑO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.476.535, domiciliado en: la Calle Montes, El Rincón del Paraíso, N° 14, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 01, la primera al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, mas un (01) día que se le concede como termino de distancia, y el segundo a al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que de exponga todo l.....