D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a los imputados JHONATHAN JOSE GARCIA GUAIPO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.651.934, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 29-09-89, de 22 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de SANTIAGO GARCIA y SORAIDA GUAIPO, residenciado en la calle Bolívar, Sector El Cardonal, casa Nº 52, cerca de un Caber, Barcelona, Estado Anzoátegui, y OSWALDO JOSE GARCIA GUAIPO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 16.797.457, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 24-07-83, de 28 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de OSWALDO GUTIERREZ y DORYS GUAIPO, residen.....