En consecuencia este Tribunal de Control N° 06, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Con lugar la solicitud presentada por el ciudadano RAFAEL LEMUS MIERES, quien actúa en nombre y representación del ciudadano FELIX JOSE MARTINEZ ACOOSTA, quien a su vez representa al ciudadano VICTOR CEFERINO BOLIVAR, debidamente asistido por la Abogada ILLEANA TANNOUX, la entrega formal del vehículo con las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL, MARCA: DODGE, TIPO: SEDAN, MODELO: MONACO, AÑO: 1997, COLOR: AZUL Y BLANCO, SERIAL DE MOTOR: 360K742697340, SERIAL DE CARROCERIA: B729713, PLACAS: DCH-950; la misma bajo Guarda y Custodia, comprometiéndose la referida ciudadana a presentar el vehículo mencionado ut-supra, al órgano jurisdiccional o al Ministerio Público, toda vez que sea requerido por los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artícul.....