PRIMERO: Continuar con el procedimiento especial de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en contra del ciudadano ANDRES ALEJANDRO QUIJADA MARTINEZ, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA y AMENAZA Y, tipificado en los artículos 42 en su encabezado y articulo 41, en perjuicio de la ciudadana FRANCIS MARIA BOLIVAR CEDEÑO.
SEGUNDO: Oídas las partes y analizadas como han sido las actuaciones presentadas por la Fiscalía 24 del Ministerio Público, las actas procesales y al detenido, Cursa folio tres (03). DENUNCIA, de fecha 17/11/2016, formulada por la ciudadana F.M.B.C, identidad omitida, cursa al folio N° Seis (06) OFICIO, dirigido al Medico Forense de Guardia de Medicatura Forense Barcelona Estado Anzoátegui, remitiendo a la ciudadana FRANCIS MARIA BOLIVAR. Cursa folio N° Siete (07) CONSTANCIA MEDICA, de la ciudadana FRANCIS MARIA BOLIVAR.
TERCERO: Se decreta .....