Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra a favor de los Imputados: OSCAR MANUEL MARCANO RUMION, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 15.894.507, natural de Cumana, Estado Sucre, nacido en fecha 15-02-1984, de 22 años, hijo de Jesús Marcano y Del Valle Rumión, de profesión u oficio Vigilante, domiciliado en Tronconal V, Sector 05, Vereda 07, Casa N° 09, Barcelona, Estado Anzoátegui; y DOUGLAS ENRIQUE LUGO, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 9.810.222, natural de Coro, Estado Falcón, nacido en fecha 08/01/1967, de 39 años, hijo de Mario Gotilla Y Angela Lugo, de profesión u oficio Vigilante, domiciliado en Sector la Arena, Calle Principal, Casa S/n Frente a la Calle 04, El Viñedo, Estado Anzoátegui, Estado Anzoátegui; las cuales consisten en la Presentación a.....