Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor de los ciudadanos JOSE GREGORIO CHAPARRO TAVERA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.655.077, natural de Maracay, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 21/09/1966, de 43 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil y chofer, hijo de los ciudadanos JUSTINIANO CHAPARRO (df) y DILIA SOFIA DE CHAPARRO (v), residenciado en la Calle Principal de Fernández Padilla, Nº 17, Barcelona, Estado Anzoátegui y JOSE DOMINGO BOLIVAR MALAVE, venezolano, cédula de identidad Nº 8.322.730, natural de Araya, Estado Sucre, donde nació en fecha 28/03/1963, de 46 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio abogado, hijo de los ciudadanos JOSE FRANCISCO BOLIVAR (df) y AMINIS MALAVE (df), r.....