DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano MARCOS JUNIOR BERICOTE, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° V-16.491.776, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 21-10-1980, estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, hijo de los ciudadanos: Magalis Piña y Marcos Bericote, residenciado en: El Tejar de Píritu, Calle Virgen del Valle, Casa S/N, Píritu, por la comisión del delito de " POSESION ILICITA DE ESTUPEFACIENTES", previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Notifíquese a las partes. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular par.....