DECLARO la NULIDAD DE OFICIO por inmotivado del fallo recurrido dictado en fecha 04 de abril de 2014, por el Tribunal Penal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, extensión El Tigre, mediante la cual se hizo la entrega plena de un vehículo, cuyas características son las siguientes: MARCA: CHEVROLET; MODELO: GRAND VITARA; CINCO (05) PUESTOS, SPOR WAGOON, AÑO: 2005; PLACAS: OAK58G, COLOR: BLANCO; SERIAL DE CARROCERÍA: 8ZNCE13C15V338416, TIPO: CAMIONETA, CERTIFICADO DE ORIGEN Nº AI-97297, al ciudadano OMAR BAUTISTA RASSE, todo ello a tenor de lo previsto en los artículos 157, 174, 175 y 179 todos de la ley penal adjetiva; cuyo perjuicio solo es reparable con el presente decreto de nulidad, con las consecuencias previstas en el artículo 180 ejusdem, esto es, se declara la nulidad de la decisión y se repone la causa al estado de que un juez de control distinto de este Circuito Judicial Penal, Extensión El Tigre realice una nueva audiencia de entr.....