DISPOSITIVA
El Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de las ciudadanas YOHANNA JUSTIAN MAYORA APONTE, titular de la cedula de identidad Nº 16.284.165, residenciada en la Calle principal, Casa S/N, Sector Primero de Mayo Puerto Píritu, Estado Anzoátegui y MARIA ESTEFANIA YAGUARAN, venezolana titular de la cedula de identidad Nº 15.155.265, residenciada en la Calle principal, Casa S/N, Sector Primero de Mayo Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, por el delito LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3° y 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108, ordinal 6° del Código Penal.