DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor de los imputados JOSE GREGORIO LEZAMA y JOSE ANGEL GONZALEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº 17.536.805 y 25.429.664, en su orden, por la presunta comisión de los delitos de DAÑOS MATERIALES CON VIOLENCIA, AGAVILLAMIENTO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 474, 286 y 218 del Código Penal, de conformidad con el articulo 242, Ordinales 3º y 5º del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense los Oficios respectivos. El procedimiento a seguir es ordinario. Cúmplase.