En razón de lo antes expuesto, este Tribunal, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos CARMEN VICENTA MORALES DE FIGUEREDO, MARI LISBETH FIGUEREDO MORALES, NARKY JOSEFINA FIGUEREDO MORALES, MIRIAN JOSEFINA FIGUEREDO MORALES, TERESA DE JESUS FIGUEREDO MORALES, NERY CELESTINA FIGUEREDO MORALES Y LOURDES DEL CARMEN FIGUEREDO MORALES , de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.420. 486, 9.821.641, 11.001.526, 8.491.210, 5.993.524, 5.993.523 y 8. 499. 730, respectivamente, la condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus VICENTE FIGUEREDO MALAVE, quien en vida era de nacionalidad venezolana , de estado civil casado, mayor de edad, Comerciante, portador de la cédula de identidad número 2. 420. 487, y quien falleció en fecha 31 de agosto de 2002, conforme consta de documentación inserta en autos; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de con.....