En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoàtegui, Administrando Justicia en Nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la LIBERTAD PLENA SIN RESTRICCION ALGUNA del ciudadano LUIS RAMON VALOR, quien es venezolano, natural de Valera, Estado Trujillo, donde nació en fecha 30-04-68, de 36 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.395.020, de estado civil casado, de profesión u oficio Técnico en Aluminio, hijo de los ciudadanos RAMON ANTONIO VASQUEZ (v) y VICTORIA MARIA MALDONADO (v), con domicilio en la Calle Brisas del Mar, Casa N° 32, Sector El Paraíso, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. El procedimiento a seguirse es el Ordinario. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de éste Estado. Líbrese oficio al ciudadano Director Presidente del Instituto Autónomo de la Zona Policial N° 01 de este Estado, participando la libertad del pren.....