DECLARA RESPONSABLE, a los ciudadanos IDENTIDADES OMITIDAS, por la comision de los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD, LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES Y AGAVILLAMIENTO EN GRADO DE COAUTORES, previstos en los artículos 458, 174, 413 y 286 en concordancia con el articulo 83 del Código Penal, en agravio de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA MENDEZ Y LA COLECTIVIDAD. Y POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORES, previsto en el artículo 458 del Código penal, en relación con el artículo 83 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia tomando en consideración la finalidad educativa y principios consagrados en el artículo 621, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y en atención a las pautas previstas en el artículo 622 ejusdem; sanciona a los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA, identificados anteriormente, con la medida de PRIVACION DE LIBERTAD por un lapso de TRES (03) AÑOS, Y SEIS (06) MESES, ya que est.....