este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ordena en forma SUMARIA, a la Prefectura del Municipio Turístico El Morro, Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui del Estado Anzoátegui y al Registrador Principal del Estado Anzoátegui, estampar la debida nota marginal correspondiente al Acta de Matrimonio de los ciudadanos CASTRO RAMÓN RIVERO RODRIGUEZ Y MERLINA FELICIA DELGADO RODRIGUEZ, en el sentido que donde dice MARLINA FELICIA DELGADO RODRIGUEZ, debe decir "MERLINA" FELICIA DELGADO RODRIGUEZ.- Así se decide.-
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 774 en su segundo aparte del Código de Procedimiento Civil, se ordena oficiar lo conducente a la Prefectura de.....