Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Ejecución, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ORDENA la EJECUCION de la sentencia ABSOLUTORIA, dictada a favor del joven adulto XAVIER RAMÓN MEDINA MEJÍAS previsto en el articulo 457 del Código Penal en agravio en agravio de la Ciudadana ZEDUMAR LAMAS VALENTE; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 602 literal b) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, siendo la presente sentencia absolutoria por no haber pruebas de la existencia del hecho , dictada en fecha 30 de Julio de 2007, por el Tribunal de Unipersonal, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, y en consecuencia se Ordena su Remisión al Archivo judicial, en la oportunidad legal, por cuanto en la misma, no hay medida sancionatoria alguna que cuidar .....