Por los anteriores razonamientos este Tribunal administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento formulada por la ciudadana YANETH JOSEFINA ABACHE, ya identificada de autos, y en consecuencia se ORDENA estampar la correspondiente Nota Marginal, en el sentido de indicar que el nombre correcto es YANETH y no como erróneamente aparece asentado de JANETH, igualmente se acuerda remitir Copia Certificada de la presente decisión a la Alcaldía de Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui Dirección de Registro Civil del Municipio Autónomo Guanipa del Estado Anzoátegui, a fin de que extienda la correspondiente nota marginal en el Acta de Matrimonio, llevada por ante ese despacho, quedando inserta la Partida de Matrimonio en el Libro Principal N° 2, Acta N° 232, Folios Nros: 104 y 105l Registro Civil de Nacimiento, llevados durante el año 1994, como en efecto se ha demostrado y.....