Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, SIN LUGAR el Interdicto de Amparo que intentara la Asociación Civil Organización Comunitaria de Vivienda O.C.V. "Los Próceres", en contra de la empresa Desarrollos y Servicios Álvarez, C.A., ambos, ya identificados, y en consecuencia, se suspende la medida provisional de amparo, decretada por este Tribunal, en fecha 05 de marzo de 2012, sobre el inmueble constituido por una parcela de terreno, con una superficie de tres mil quinientos treinta y siete metros cuadrados (3.537 Mts2), ubicado en el Sector La Torta, Puerto Píritu, Jurisdicción del Municipio Peñalver del estado Anzoátegui, que forma parte de una mayor extensión constante de trece mil setenta y cinco metros cuadrados (13.075 Mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos genera.....