DISPOSITIVA
Por lo razonamientos antes expresados, Este Tribunal de Primera Instancia de Control Nº 02 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE lo siguiente: PRIMERO: Los hechos objeto del presente proceso, constituyen la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto en el articulo 458 en concordancia con el articulo 80, del Código Penal, en agravio de JOSHBER ALFONZO QUIJADA FLORES, y PORTE DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones en agravio EL ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: De las actas ya mencionadas se desprende que el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA,, fue aprehendido por funcionarios adscritos a la Coordinación Policial Colinas del neveri, a poco de cometerse del hecho punible cuya perpetración se le imputa; evidenciándose de las actuaciones .....