Por todas las consideraciones antes expuestas, Esta Sala de Juicio Nro 02, en uso de las atribuciones conferidas en la ley, especialmente en las contenidas en el artículo 177, parágrafo tercero de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, esta Sala de Juicio Nro 2, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la acción de desacato a la medida de protección dictada por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio de Valle Guanape del Estado Anzoátegui, a través de sus Consejeras, ciudadanas NILKA DE MONTAÑEZ, VIVIAN DAGGER y CARMEN VALERA, plenamente identificadas, contra la ciudadana BETTY MOTA, igualmente identificada en autos, a favor de los niños: MARIA DE LOS ANGELES, CRISALIS CECILIA, LEONARDO JOSE, HUGO JOSE, ADAN ARTURO, CRUZ AMILCAR y ALNOLDO ANTONIO “ARMAS”, de nueve (09), siete (07), once (11), seis (06), trece (13), tres (03) y un (01) años de edad actualmente, respecti.....