Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado THOMPSON JOSE ALFARO, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.248.881, venezolano, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, donde nació el 25/10/1984, de 23 años de edad, soltero, de profesión u oficio: Pescador, hijo de: RAFAEL MARTINEZ y FLOR ESTANGA, residenciado en: Aragua de Barcelona Sector los Araguaneyes calle los Olivos casa sin numero, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 458 Y 277 del Código Penal Venezolano Vigente, del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana JOSE RAMON PARRA DIAZ, EIBAR DE JESUS MELEAN Y JEAN CARLOS GUEVARA TABATA, todo conforme a lo establecido en los Artículos 250 y 251 del Código Orgá.....