Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta LA LIBERTAD PLENA al imputado DIOGENES PARACUTO SALAZAR, venezolano, cédula de identidad N° 13.341.490, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 18-05-1976, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de MARIA SALAZAR (v) Y RAMON PARACUTO (v), residenciado en la Carretera Nacional, Barrio la Virgen, Casa N° 31, Onoto, Estado Anzoátegui, contemplada el artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y JULIO CESAR MERIDA, venezolano, cédula de identidad N° 11.633.636, natural de Onoto, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 12-12-1971, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de MIGUEL PORCHE (v) y QUEOTISTE MERIDA (v), residenciad.....