En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoàtegui, Administrando Justicia en Nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA la LIBERTAD PLENA de los ciudadanos EDUARDO JOSE MUÑOZ MOZA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.927.636, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 03-10-1983, de 21 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Estudiante de Ingenieria Civil, Tercer Semestre, hijo de los ciudadanos ELIZABETH DE MUÑOZ (V) y LUIS EDUARDO MUÑOZ (V), residenciado en Urbanizacion Morro Hombolt, edif. 3-A, APTO 1, LECHERIA ESTADO ANZOATEGUI; RICARDO JESUS OSORIO GARCIA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.054.932, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 05-05-1984, de 21 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Estudiante de Informatica, Segundo Semestre (IUTIRLA), hijo de los ciudad.....