en consecuencia esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 522 citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO de DIVORCIO, presentado por el ciudadano JOSE GREGORIO MEDINA GUARIMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.423.150, domiciliado en la Calle Chimborazo, Nº 18, Sector Barrio Mariño, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, asistido por el Abogado en ejercicio LUIS QUERECUTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 52.530, en contra de la ciudadana IRIS JOSEFINA SANOJA REQUENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.082.644, domiciliada en la Calle Uno (01), Casa S/N, a una Cuadra de la Alcaldía de Altagracia de Orituco, Estado Guarico y TERM.....