Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA al ciudadano CARLOS EDUARDO AGUACHE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.617.258, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 06-06-1978, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero , hijo de los ciudadanos JOSE AGUACHE (v) y de Estilita Pedrique (V), residenciado en Calle Santa María, Casa N° 16-45, Barrio Bolívar, Sector 29 de Marzo, Barcelona, Estado Anzoátegui; en virtud de la aplicación de MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico procesal Penal, por encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, .....