RESOLUCIÒN
En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECRETA: CON LUGAR el pedimento formulado por el Abogado JOSE E. PEREZ, actuando en este acto en su condición de defensor de confianza del imputado ciudadano CARLOS LEONIDAS JIMENEZ RAMOS, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.372.709, natural de Maturín, Estado Monagas, lugar donde nació el día 11/12/1961, de 47 años de edad, casado, productor agropecuario, hijo de los ciudadanos ANTONIO GRANADILLO y JAIR MARIA DE JIMENEZ, residenciado en la Finca La Santísima Trinidad, Barbacoa II, Sector El Toco, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, y en tal sentido acuerda la aplicación de una medida menos gravosa para el señalado e identificado imputado, decretando a su favor Medidas Cautelares Sustitutivas, de las pautadas en el artículo 256, ordinales 3º y.....