DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por el Dr. LUIS CESAR FARIAS RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de éste Estado; en consecuencia, se decreta el Sobreseimiento de la Causa por Extinción de la Acción Penal, conforme a los artículos 318, numeral 3°, en concordancia con el 48, numeral 8, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 108, numeral 3 del Código Penal Venezolano, a favor de VARGAS MANUEL JESÙS, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.292.674, venezolano, mayor de edad, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, residenciado en Barrio Mayor King II, Sector Naricual, casa S/N, , Estado Anzoátegui, por el delito de ROBO S.....