decide: Sin Lugar la solicitud hecha por la Dra. NELIDA BASILE DRIJA, en su carácter de Defensora Pública Quinta Penal de esta Jurisdicción, del imputado GREGORIO YANLUISQUEL ESCALA, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y VIOLACION, previsto y sancionado en los Artículos 406 Ordinal 1º, 470 y 277 del Código Penal, y Artículo 43 de la ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio del ciudadano CASTAÑEDA WILFREDO JOSE (Occiso), relativa a la Revisión y Examen de la Medida Privativa decretada en contra de su representado, por considerar que se encuentran llenos los supuestos establecidos en el Articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, y en un todo de acuerdo con los Artículos 229 y 230 Eiusdem. Regístrese. Notifíquese la presente decisión a las partes. Cúmplase lo ordenado.-