DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente ,formulada por los ciudadanos JESUS ALBERTO GONZALEZ y YOLANDA JOSEFINA ARCIA GOLINDANO, de nacionalidad venezolana, de estado civil casados, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 8.646.345 Y 6. 346.912, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio NARCISA ELENA RODRIGUEZ MAGO, titular de la cédula de identidad Nº. 5. 192.463, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 94. 699. En consecuencia, se disuelve el vínculo del matrimonio existente entre ellos, el cual fue contraído por ante la Junta Comunal del Municipio Baruta del Estado Miranda , en fecha 1.....