Por las razones expuestas, este Tribunal, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Imparte su aprobación al acuerdo a que se contrae la solicitud supra transcrita, realizado por las partes MARIA DEL ROSARIO FIGUERA, RAMOS AMADEO GONZALEZ ESPINOZA y ALI JOSE VENTURINI VILLARROEL, suficientemente identificados en autos en cuanto precisan con arreglo a las normas vigentes, el objeto inmobiliario, y por consecuencia, a los documentos acompañados a la solicitud, que se reconocen en su contenido y firma.-
SEGUNDO: Se ordena la remisión de dichos documentos, reconocidos ante este fuero en contenido y firma por sus otorgantes, a la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Simón Rodríguez, del Estado Anzoátegui, a los fines de su Protocolización, conforme a lo dispuesto por la Ley de Registro Público y Notariado, con su nota de certificación, copia de esta decisión e indicación al Funcionario de que se tomen en consideración los valores allí asignados.....