en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud de Jurisdicción Voluntaria de DIVORCIO 185, en concordancia con la Sentencia 1070 de fecha 09-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por la ciudadana AURA ELENA AGREDA MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-22.854.518, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio JESUS E CARVAJAL B , inscrito en el ipsa bajo el Nº 5.332, en contra del ciudadano WILFREDO DANIEL BROADRELT QUINTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.982.465, Domiciliado en Calle Principal Nº 34, Barrio 25 de mayo, el Tigr.....