En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la LIBERTAD POR APLICACIÓN DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, al ciudadano DANIEL PIRELA BRICEÑO, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 13.825.892, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 13-12-1971, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio latonero, hijo de los ciudadanos CARMELO PIRELO (df) y ANA VICTORIA DEL CARMEN BRICEÑO (V), residenciado en VIÑEDO, FRENTE A LA CASILLA. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público, a los fines que emita el acto conclusivo correspondiente. Líbrese los correspondientes oficios. Cúmplase.-