En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, propuesta por los ciudadanos ALBINS JOSÉ MAGRAS CASTILLO y GEORGINA DEL JESÚS GONZÁLEZ MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 11.901.107 y 8.345.306, respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado JUAN CARLOS PALACIO, Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.811; disolviéndose por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Pozuelos del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, en fec.....