Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES. al ciudadano: EDUARDO ANTONIO CICCIRELLE, venezolano, Titular de la cedula de identidad N° 16.712.423, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 04-11-1.984, mayor de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio Obrero, hijo de MARGARITA CICCERELLE (V) Y EDUARDO SEGUNDO ROJAS (V)), residenciado en CALLE BOLÍVAR, N° 7-50, CASCO CENTRAL, BARCELONA-ANZOÁTEGUI. Librase Oficio Instituto Autónomo de la Policía del Estado Anzoátegui, Zona Policial N? 01, participando la libertad del imputado. Cúmplase lo ordenado.