Por todos los razonamientos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA CAUSA, solicitado por la Representante de la Fiscalía Decimaséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui; a la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO FRUSTRADO tipificado en los artículos 453.1 en relación con el segundo aparte del articulo 80 ambos del Código Penal en agravio de la Ciudadana SINAI STROCCHIA MEDINA y consecuencialmente ordena la suspensión el presente Asunto, conforme lo indicado en los artículos 548, 549, 552, 553, 555, 561 literal "e", y 562, todos de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 319.....