IV
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrador Judicial, en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Demanda por FRAUDE PROCESAL, incoada por la ciudadana TANIA MARÍA MENDEZ DE PIMENTA e ISILDA RODRIGUEZ DE CORREIA, venezolanas, mayores de edad titulares de la Cedula de Identidad Nº V.-13.850.833 y V.- 82.049.382, respectivamente, debidamente asistidas por el Abogado MARCELO CARREÑO MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.118, contra los ciudadanos FARIES HAMAD NASUR, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 20.684.780, domiciliado en Calle Las Flores, S/N, Sector Centro, Municipio Pedro Zaraza del Estado Guarico y BASIL NASSER NASSER, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 8.809.334.-
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