En consecuencia, ésta SALA DE JUICIO N° 01, DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, con competencia para decidir el presente asunto, y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el interés superior del niño XXXXXXXXXXXXXX, principio este dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, como lo establece el Artículo 8° de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se le otorga AUTORIZACIÓN para que disfrute los días de Semana Santa desde el día 05 hasta el 08 de Abril del 2007, junto con la ciudadana MARIELA DEL VALLE RONDÓN, titular de la cédula de identidad N° 10.295.842, domiciliada en la Calle 15 de Marzo N° 30, Sector Vidoño, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui, comprometiéndose la entidad de atención en realizar visita social de .....