Este Tribunal, con vista a la documentación acompañada a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos antes mencionados, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles a las ciudadanas KARLA SUSANA DEL VALLE IRIGOYEN RODRIGUEZ, KLAUDIA SOPHIA IRIGOYEN RODRIGUEZ, IVANA ROSAMI IRIGOYEN RODRIGUEZ y STEPHANI NAZARETH IRIGOYEN CATAMO y YAMILA JOSEFINA CATAMO RIVERO, venezolanas, mayores de edad, portadoras de las cédulas de identidad Nros17.900.445, 18.277.742, 18.277.743, 25.388.306 y 8.218.572, respectivamente; sus condiciones de UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, de quien en vida se llamara HENRY GODOFREDO IRIGOYEN IBARRA, fallecido en fecha 07 de noviembre de 2015, en el Hospital de Clínicas Caracas, Municipio Libertador, Parroquia El Paraíso, Distrito Capital, a la edad de 55 años, de estado civil casado, de ocupación Abogado, con cédula de identidad Nro. V- 5.310.502,conforme consta del Acta de Defunció.....