Por todos los fundamentos de derechos expuestos, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA a las ciudadanos CARLOS ANTONIO LLOVERA ALMEIDA, NADEZKHA DEL CARMEN LLOVERA MORAO, CARLOS ANTONIO LLOVERA MORAO, CARLOS EDUARDO LLOVERA MORAO Y CARLA ANDREINA LLOVERA MORAO, titulares de las cedulad de identidad Nros. V-4.510.047, V. 13.257.460, V-14.133.233., V-18.228.337 y V-18.228.338, domiciliados en San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, en su condición de esposo e Hijos respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana ADELA DEL CARMEN MORAO DE LLOVERA, quien era venezolana, natural de Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.038.330, quien falleció en fecha 24 de enero del año 2010, en el Ambulatorio FRITZ PETERSEN, d.....