Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA al ciudadano: CARLOS EDUARDO MARTINEZ CARDEMONE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.478.626, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07/08/1981, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de los ciudadanos GRAFE JOSE GUARAMATA (v) y CARMEN PEREZ MARTINEZ (v), residenciado en la Calle Freite, Casa Nº 106, El Pénsil, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, por comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el articulo 376 del Código Penal, con la agravante genérica establecida en el artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la adolescente HILDEMARYS DEL CARMEN .....