Este Juzgado de Primera Instancia Penal en Función de Control Nº. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECLARA CON LUGAR el pedimento efectuado por el Abogado CARLOS EDUARDO GARCIA SANTANA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en consecuencia se decretada MEDIDA CAUTELAR PREVENTIVA sobre el vehículo con las siguientes características CLASE AUTOMOVIL, MARCA TOYOTA, MODELO STARLET, COLOR VERDE, TIPO SEDAN, PLACAS TAC-111R. SERIAL DE CARROCERIA AP00004935, SERIAL DE MOTOR 2E2958378, consistente en la PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR dicho bien, quedando el mismo a disposición de la Dirección Nacional de la Oficina Nacional Antidrogas para su custodia y resguardo, de conformidad con lo establecido en los articulo 256.9, en concordancia con el articulo 551 ambos del Código Orgán.....